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Obligatoriedad de participar en las votaciones (Derecho de elegir libremente a los representantes)

390. La obligatoriedad de participar en la votación para elegir dirigentes sindicales debería corresponder a los estatutos de los sindicatos y no a la ley.

(Véase 294.o informe, caso núm. 1701 (Egipto), párrafo 317.)

391. Una ley que impone multas a los trabajadores que no participan en las elecciones de dirigentes sindicales no se ajusta a las disposiciones del Convenio núm. 87.

(Véase Recopilación de 1985, párrafo 318.)